Dar de baja temporal un vehículo

Actualmente aunque tengas tu coche guardado en el garaje tienes la obligación de pasar la ITV mientras éste permanezca dado de alta. Debido a que actualmente la DGT cruza datos con las inspecciones, seguramente si no lo haces recibirás un aviso y finalmente una multa que puede llegar a los 200 euros.

Pero quizás puedas tener tu vehículo retirado de la circulación porque no puedes arreglarlo en ese momento o cualquier otra circunstancia personal y no pueda pasar la inspección obligatoria ¿Qué puede hacerse para evitar la sanción? La solución está en dar la baja temporal del coche o vehículo.

Cómo solicitar la baja temporal

La baja temporal se puede solicitar por motivos personales, como sería el no poder arreglarlo o que no lo vamos a utilizar por una retirada de carnet, en caso de sustracción del vehículo, o por cambio de titularidad.

Debemos acudir a la oficina de la DGT más cercana y solicitar una instancia para la baja temporal del vehículo. A ella adjuntaremos un documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI actualizado, NIE, carnet de conducir, tarjeta de residencia, o pasaporte), o en el caso de personas jurídicas, identificación fiscal de la sociedad o CIF y acreditación de la representación e identidad de la firma.

Cuánto cuesta la baja temporal

Las tasas de Tráfico para este trámite  son de 8,10 euros a no ser que haya habido robo, en cuyo caso es gratuito si aportamos la correspondiente denuncia. Acompañaremos dicha instancia con nuestra identificación o la del titular del vehículo. En caso de ser menor de edad o incapacitado legalmente tiene que constar la autorización de su tutor legal.

accidente coche

En caso de turismo llevaremos el permiso de circulación y la tarjeta de la ITV y si se trata de vehículos agrícolas el documento de baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma a la que se pertenezca.

Dar de alta un vehículo de nuevo

Una vez que el coche robado haya aparecido o en caso de que las circunstancias que nos impedían utilizarlo cambien, podemos volver a dar de alta el vehículo. Para eso acudiremos nuevamente ala DGT y tendremos que llevar:

  • La instancia de alta con las tasas pagadas
  • El resguardo de la baja temporal
  • En caso de sustracción la documentación que acredite que hemos recuperado el vehículo
  • La tarjeta de la ITV
  • Los vehículos agrícolas deberán de llevar el alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.
  • El certificado de transportes en caso de vehículos para transporte.

De este modo podremos volver a circular con normalidad. Para poder pasar la ITV al coche antes de darlo de alta podemos solicitar un permiso especial en tráfico o llevarlo con una grúa o remolque.

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10 respuestas a “Dar de baja temporal un vehículo”

  1. Ricardo dice:

    Una duda me queda; ¿como paso la ITV necesaria para el alta en trafico si no dispongo de permiso de circulación? Segúbn la ITV, es necesario el permiso de circulación.
    Un saludo

  2. Juanjo dice:

    Tengo el coche en el Garage y no lo estoy usando, me vence el seguro en unos días y no lo quiero renovar, tiene la ITV pasada hasta dentro de 10 meses y quiero darlo de baja temporal e impuesto de circulación.
    Para darlo de alta en tráfico antes de esos diez meses necesitaría pasar de nuevo la ITV?

  3. Angel dice:

    Buenas tardes.
    Mi moto lleva de baja temporal más de 2 años.
    Me gustaría saber, como se solicita el permiso especial en DGT, para poder pasar la ITV.
    Y después de pasarla, supongo que hay que volver a pasar por la DGT para dar de alta….
    En qué momento se tiene que poner al corriente de pago el impuesto municipal IVTM.
    Muchas gracias.
    Un saludo cordial.

  4. Mahjoub dice:

    Hola;
    Para una baja temporal de coche en tráfico.
    La pregunta por favor :
    Cuantos tiempo cómo mínimo para hacer lo de alta?
    Y cuántos tiempo cómo máximo para hacer lo de alta?
    Gracias un saludo

  5. Sebas dice:

    ¿Cuánto tiempo puedo estar con la baja temporal del coche?
    No me queda claro este concepto en la actualidad.
    ¿Ha modificado la DGT a 2 años el tiempo de baja temporal?
    Pasado este tiempo, si es que es así, que hay que hacer con el coche?

  6. Jesica Rodríguez Sanchez dice:

    Si yo no soy la propietaria del vehículo,que documentos debo llevar para dar la baja temporal?gracias

  7. VALI dice:

    HE DENUNCIADO MI COCHE POR SUSTRACCION,HE IDO AL TRAFICO PARA DARLO DE BAJA.LA PREGUNTA ES SI LA PERSONA QUE TIENE MI COCHE QUE NO SE DONDE ESTA Y NI QUIEN ESTA PUEDE PASAR EL ITV?EN LAS AUTOVIAS ,EN LA CALLE, LA GUARDIA CIVIL TENDRA DATOS DE MI DENUNCIA?LA GUARDIA CIVIL TRAFICO LO PUEDE LOCALIZAR?

  8. Pedro Antonio dice:

    Tengo un coche guardado en el garaje dos años y ahora quiero darlo de bajá temporal pero la tic de estos dos años la tengo sin pasar.Que puedo hacer?

  9. Alberto dice:

    Cierto, evidentemente fue un error al escribir y lamento si el mismo ha podido ofender. Muchas gracias por el acertado aporte

  10. Jose dice:

    Solo una concrección. Donde dice:»…en caso de ser menor de edad o discapacitado tiene que constar la autorización de su tutor legal».
    En primer lugar, el témino «discapacitado» está fuera del lenguaje correcto y por ley ya no se debe de utilizar cuando se refiere a «personas con discapacidad» como tampoco el término «minusválido». Pero en este caso creo que hay un error tipográfico y se ha querido decir «incapacitado legalmente» que es la persona que siendo mayor de edad no tiene la suficiente independencia para disponer libremente de sus derechos por razones psicofísicas.
    No estaría mal corregir el texto para que los millones de «personas con discapacidad» (física, mental, sensorial, provisional, definitiva…), acostumbrados a ser llamados, de forma incorrecta como se ha dicho antes, «discapacitados», les pueda entrar la duda de qué tipo de tutor legal es necesario para dar de baja su vehículo. Gracias.