Debido a la crisis muchas familias y empresas han dejado de utilizar su vehículo, lo dejan guardado en el garaje y, como no circula, dejan de abonar el impuesto municipal o no van a pasar la Inspección Técnica correspondiente.
Existe un desconocimiento total sobre las obligaciones que adquirimos con la posesión de un vehículo. El impuesto municipal no es un impuesto por poder aparcar, ni por poder circular… es un impuesto por el simple hecho de estar en posesión de un vehículo.
En cierta manera es igual que el impuesto de bienes inmuebles, el IBI, que hay que pagarlo se viva o no en el piso del que se es propietario. Así pues, dejar de conducir con nuestro vehículo no implica poder dejar de pagar el impuesto municipal.
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Obligación de pasar la ITV
De igual manera, seguimos obligados a llevar nuestro vehículo a la revisión anual o bianual que le corresponda, ya que mientras el vehículo esté dado de alta en la Dirección General de Tráfico debemos tenerlo en óptimas condiciones de conducción.
La única manera de dejar de pagar el impuesto municipal y de no tener la obligación de pasar las revisiones es dar de baja temporal el vehículo que no vayamos a usar. Esto debe hacerse en la DGT, adonde deberemos llevar la documentación del vehículo.
Dar de baja temporal al vehículo, una solución
Hay que tener en cuenta que el Impuesto de Tracción Mecánica (también llamado «numerito») es de carácter anual, es decir que lo que nos cobran es desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, aunque nos lo cobren en mayo, por ejemplo, por lo que el año en el que el vehículo se da de baja temporal se deberá abonar el impuesto, pero ya no los años posteriores hasta que no se rehabilite.
De pasar la Inspección Técnica quedaremos «en suspenso» hasta que deseemos volver a poner en circulación el vehículo, es decir, que solicitemos la rehabilitación. En ese momento, debemos ir con la documentación que nos acredita que dimos el vehículo de baja temporal a una de las empresas autorizadas para pasar la ITV.
La DGT informada de las ITV sin pasar
Y con todos los informes en regla, ir al Ayuntamiento a solicitar la tasa del impuesto, ya que habrá que presentarlo en la DGT para solicitar la rehabilitación de nuestro vehículo y que ya pueda formar parte del parque automovilístico.
Las nuevas tecnologías están aunando los recursos de la Administración y, al igual que desde hace unos años ya los Ayuntamientos informan a la DGT de los impuestos que debe un vehículo para que no se deje transferir sin estar al corriente de pago, también desde enero la DGT dispone del programa de Intercambio Telemático de la Inspección Técnica de Vehículos, que le ofrece la información de todos los vehículos que no han pasado la ITV.
Un 20% sin pasar la ITV
Actualmente las estadísticas de la DGT indican que hay más de un millón y medio de vehículos que no han pasado la inspección técnica reglamentaria ni figuran como dados de baja temporal, con lo que estamos asumiendo el riesgo de que muchos de esos vehículos circulen sin las debidas condiciones de seguridad.
Por eso la Dirección General de Tráfico está empezando a requerir a los dueños de esos vehículos para que se personen con la documentación de la inspección realizada si no quieren que se les sancione. Y el problema viene aquí para los que no tengan la dirección al día en la DGT.
Si te mudas «empadrona» tu vehículo también
Porque otro de los grandes desconocimientos es que cuando nos mudamos hay que ir a «empadronar» el vehículo en el nuevo domicilio. Sí, «empadronar el vehículo». Porque no basta con que nos empadronemos en la nueva dirección en las oficinas del censo municipal correspondiente, ya que los datos que maneja el padrón de los municipios no es el mismo que el padrón del parque móvil.
No hay que olvidar nunca realizar en Tráfico tanto el cambio de la dirección de nuestro carnet de conducción como de cualquier vehículo del que seamos poseedor.
¿Su importancia? Porque al ser nuestro deber comunicar a las Administraciones cualquier cambio de domicilio, si una comunicación de la DGT nos la mandan a la dirección que ellos tienen y no la recibimos se considera notificada, ya que se ha enviado a la dirección que nosotros les hemos notificado como válida.
Empadrónalo en la DGT o en tu Ayuntamiento
Una de las opciones para realizar el cambio de dirección en nuestro carnet de conducción y en el permiso de circulación de nuestro vehículo es personarse en cualquier oficina de la DGT con un justificante del nuevo empadronamiento que normalmente te dan en el momento de empadronarte.
Pero desde hace ya algunos años, hay muchos municipios que disponen de un convenio con Tráfico para ofrecer a sus vecinos la opción de poder entregar la documentación en el mismo Ayuntamiento y tramitar el cambio sin que el vecino tenga que desplazarse hasta la DGT. Como no está implementado en todos los municipios, os recomendamos que preguntéis si el vuestro lo realiza.
¿La ITV me garantiza que los puntos revisados no fallarán?.
Yo pensaba que al salir de la ITV tras haber pagado a unos profesionales por revisar mi coche ellos serían los responsables en caso de que su verificación sea erronea. Esto es, si en la ITV me verifican el sistema de frenado y me lo dan como APTO y al salir de la propia ITV me fallan los frenos y tengo un golpe. Ellos, la ITV no asumen responsabilidad alguna, a diferencia de el resto de profesionales que si la asumimos por nuestros trabajos. Que indica esto, que la ITV es un mero impuesto y un pequeño paripé…
Totalmente de acuerdo, hace unos años habiendo pasado la ITV, totalmente apta, sin deficiencia alguna, en la vuelta a casa la punta de eje de la rueda delantera se partió co lo que la rueda quedó loca, y no tuve un percance porque a diferencia de los inspectores Dios es grande y está atento. ¿Tuvo algo que ver los meneos a los que fue sometido en la itv?, no lo se, pero desde entonces veo el trámite como una obligación legal, no como algo que ayude a mi sguridad. Es obvio que no volví a esa estación.
La rehabilitación es usada ahora también como sistema recaudatorio, si tu vehículo no pasa la ITV y por cualquier problema tardas mas de dos meses en repararlo y pasar la ITV, tendrás que rehabilitar tu vehículo pagando 93,80 €.
Otra nueva medida recaudatoria de un estado que no sabe gestionar su economía.