Nueva Ley de Tráfico de 2022: ¿Cómo afecta a tu vehículo y la ITV?

El pasado 21 de marzo, tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), entró en vigor la actualización de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de 2022.

En esta ocasión, la Dirección General de Tráfico (DGT) apuesta claramente por el futuro, incluyendo medidas dirigidas al medio ambiente y al vehículo autónomo.

A su vez, se endurecen algunas sanciones con la finalidad de reducir las distracciones al volante, garantizar el uso del cinturón y fomentar que los menores no conduzcan bajo los efectos del alcohol.

Por otro lado, la normativa también incorpora la Ley para los Vehículos de Movilidad Personal, como los patinetes eléctricos, y dota de mayor seguridad a los usuarios de bicicletas.

A continuación, te explicamos 13 aspectos a tener en cuenta con las principales novedades y cambios recogidos en la nueva Ley de Tráfico de 2022. ¡Sigue leyendo!

Distracciones al volante

La sanción por conducir distraído con el móvil ha cambiado. Desde el 21 de marzo, aumenta de 3 a 6 la retirada de puntos por utilizar, o simplemente sujetar, dispositivos de telefonía móvil al volante.

Tal y como informa la DGT, las distracciones mientras se conduce son la principal causa de los accidentes mortales en España desde 2016.

Teniendo en cuenta esta información, no es de extrañar este cambio orientado a mejorar la seguridad vial que recoge la nueva normativa,

Elementos de protección

También aumenta la retirada de puntos (de 3 a 4) por no utilizar, o usar de forma incorrecta:

Todos estos elementos deberán estar homologados y cumplir con la normativa de la ITV a la hora de pasar la Inspección obligatoria.

Rebasar la velocidad para adelantar

La nueva normativa de la DGT elimina por completo la posibilidad de rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales para adelantar a otros vehículos.

Hasta la fecha, turismos y motocicletas podían superar la velocidad máxima permitida para efectuar adelantamientos en carreteras convencionales.

Tasa de alcohol para menores

Con la entrada en vigor de la Ley de Tráfico se busca reducir por completo la tasa de alcohol en conductores menores de edad.

Para ello, los menores que conduzcan cualquier vehículo tendrán la obligatoriedad de circular con una tasa de alcohol del 0,0 tanto en sangre como en aire respirado.

La multa por superar el límite en el control de alcoholemia es la misma tanto para menores como para adultos mayores de edad: 500 euros.

Seguridad de los ciclistas

Para aumentar la seguridad de los ciclistas, la DGT hace obligatorio que, en vías con más de un carril por sentido, se cambie por completo de carril para adelantar a ciclistas y a ciclomotores.

A su vez, sube de 4 a 6 la retirada de puntos por adelantar poniendo en peligro a un ciclista. Es decir, sin dejar la separación mínima obligatoria de un metro y medio.

La normativa también prohíbe parar o estacionar tanto en vías ciclistas como en carriles bici.

Plazo necesario para recuperar puntos

El plazo de tiempo que debe transcurrir para recuperar puntos del carnet de conducir (sin cometer infracciones que conllevan la retirada de puntos) se unifica en 2 años.

Antes de la nueva normativa, el período cambiaba según la gravedad de la infracción cometida por el conductor. De este modo, se busca que sea el mismo plazo para todos los infractores.

Cursos de conducción para conseguir puntos

La actualización de la Ley de Tráfico de 2022 incluye la posibilidad de recuperar 2 puntos del carnet realizando diferentes cursos de conducción segura y eficiente.

Además del hecho de recuperar puntos, la Dirección General de Tráfico cree que estos cursos son una buena práctica, así cómo una formación extra para los conductores.

Arrojar objetos a la vía o sus inmediaciones

Lanzar objetos que puedan significar accidentes o incendios a la vía pasa de ser una infracción grave a una muy grave.

La infracción por arrojar objetos a la vía o sus inmediaciones supondrá la pérdida de 6 puntos del carnet y una sanción de 500 euros.

Dispositivos inalámbricos para motoristas

La nueva normativa permite los dispositivos inalámbricos homologados o certificados para su utilización en el casco de protección de conductores de motos y ciclomotores.

El uso de estos dispositivos tiene que ser exclusivamente la comunicación o la navegación. Bajo ningún concepto podrán afectar a la seguridad en la conducción del motorista.

Episodios de contaminación y Zonas de Bajas Emisiones

La actualización de la Ley de Tráfico también recoge una nueva infracción grave sancionada con 200 euros.

Se trata de la multa por no respetar las restricciones de circulación por la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de bajas emisiones.

De cara al 1 de enero de 2023, la Ley de Cambio Climático y Transición Energética exigirá a los municipios de más de 50.000 habitantes que establezcan Zonas de Bajas Emisiones.

Dispositivos de intercomunicación en el permiso de conducir

Los dispositivos de intercomunicación no autorizados usados en las pruebas de obtención del carnet de conducir se considerarán infracción muy grave. La sanción será de 500 euros.

No solo eso, sino que la normativa refleja que el examinado no podrá presentarse al examen del carnet de conducir en el plazo de 6 meses desde la infracción.

Introducción del alcoholímetro antiarranque

El alcohoblock o alcoholímetro antiarranque será obligatorio para los vehículos destinados al transporte de viajeros por carretera a partir del 6 de julio de 2022.

Eso sí, únicamente se exigirá a aquellos vehículos que dispongan de la interfaz necesaria para la instalación de estos dispositivos de protección.

Esta normativa europea, recogida en el Reglamento (UE) 2019/2144, establece también la obligatoriedad de los alcoholímetros antiarranques para los vehículos matriculados nuevos a partir del 06/07/2024.

Reglamentación para los Vehículos de Movilidad Personal

Los conductores de Vehículos de Movilidad Personal (VMT), como los patinetes eléctricos, tendrán que utilizar casco en los casos recogidos por la nueva normativa de la DGT.

No solo eso, sino que estos vehículos tampoco podrán circular por las aceras, las áreas peatonales y las vías interurbanas, travesías, túneles, autopistas y autovías.

Los conductores tendrán que cumplir con las mismas normas de circulación que el resto de vehículos y se les podrá someter a pruebas de alcoholemia.

Los VMT tendrán que contar con certificado de circulación que acredite el cumplimiento de los requisitos técnicos especificados en el manual. Estos documentos serán obligatorios.

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