¿Cuándo hay que pasar la ITV? Periodicidad

Todos los titulares de vehículos que circulan por España están obligados a pasar la ITV, pero existen unos términos exactos en cuanto a periodicidad y tiempos del coche o vehículo.

Ningún vehículo está exento de tener que pasar la ITV, salvo los que estén dados de baja o son nuevos, caso en el que tendrán que simplemente estarán a la espera de su primera ITV.

Por ejemplo, los coches y la moto tienen que pasarla 4 años después de su primera matriculación, cuando los coches o motos son nuevos. A partir de esa fecha será cada 2 años hasta que tenga el coche o moto, 10 años, a partir de esa fecha será cada año.

En el caso de los vehículos industriales, la periodicidad varía: la primera tocará a los dos años, y tienen que pasarla cada dos años, y cada año hasta cumplir los 6 años. A partir de esta fecha, todos los años hasta que cumplan 10. A partir de entonces, cada seis meses.

Cuando un coche le hacemos una reforma de importancia (variación de cotas, por ejemplo), debe obtener un certificado de validez de la ITV.

También estarás obligado a pasar la revisión si sufres un accidente que afecte a algún elemento estructural.

Por cierto, si no tienes tu ITV en vigor, el seguro se lavará las manos y el daño que tengas será a tu coste- Por esta razón, has de ser precavido y andar con seguro, que además de daño que tengas que reparar, la multa también tendrás que pagar.

Periodicidad de la ITV por vehículos

Primera matriculaciónPeriodicidad
Ciclomotores
Menos de 3 añosExentos
Más de 3 añosCada 2 años
Motocicletas, cuadriciclos y quads
Menos de 4 añosExentos
Más de 4 añosCada 2 años
Turismos
Menos de 4 añosExentos
De 4 a 10 añosCada 2 años
Más de 10 añosCada año
Vehículos ligerosCamiones y remolques de hasta 3.500 Kg. o derivados de turismos
Menos de 2 añosExentos
De 2 a 6 añosCada 2 años
De 6 a 10 añosCada año
Más de 10 añosCada 6 meses
Vehículos pesadosCamiones y remolques de más de 3.500 Kg.
Menos de 10 añosCada año
Más de 10 añosCada 6 meses
Autobuses
Menos de 5 añosCada año
Más de 5 añosCada 6 meses
Ambulancias y Servicios Públicos
Menos de 5 añosCada año
Más de 5 añosCada 6 meses
Caravanas de MMA mayor a 750 kg
Menos de 6 añosExentos
Más de 6 añosCada 2 años
Vehículos agrícolas
Menos de 4 añosExentos
De 4 a 16 añosCada 2 años
Más de 16 añosCada año
Autocaravanas
Menos de 4 añosExentos
De 4 a 10 añosCada 2 años
Más de 10 añosCada año
Vehículo especialObras y servicios que circulen a menos de 25 km/h
Menos de 4 añosExentos
De 4 a 10 añosCada 2 años
Más de 10 añosCada 1 año

Apartados que te van a revisar al pasar la ITV

Artículo principal: Qué miran en la ITV

Exterior: Elementos de la carrocería, como los espejos, visibilidad, lunas, placa de la matrícula, estado general exterior del vehículo, bajos del vehículo, etc. En definitiva, todo lo que está en el exterior. Aquí te buscarán piezas defectuosas o corroídas, además de comprobar su estado general.

Interior: Te van a mirar el funcionamiento de las puertas de que vayan bien, que se abran y cierren sin trabas, las ventanillas, cierre centralizado, los cinturones funcionen correctamente y se bloqueen, etc. Es decir, todo lo imprescindible para la seguridad en tu coche.

La nueva normativa pretende asemejarse a las inspecciones de otros países de la UE

Señalización y luces durante la ITV: Ver y ser visto. Se revisan las luces de cruce, luces de carretera, intermitentes, luz de freno, marcha atrás, etc.

Mecánica en la ITV: Comprueban que una vez en marcha, no corramos peligro ni hagamos un desperdicio. Se analiza los frenos que funcionen correctamente, suspensión, ejes… También se mira nivel de ruido, o las emisiones de monóxido de carbono (esto lo miran mucho).

Si no sale bien la ITV: en España, las ITV detectan unos 10 millones de defectos leves cada año, que por sí solos no son motivo suficiente para que te desaprueben la inspección. Por lo general, son carrocería o alumbrado. En cuanto a los graves, uno solo es suficiente para que no te aprueben la ITV. Hasta que se subsana, la ITV se queda la documentación del coche. A los 15 días tendrás que volver a abonar su coste.

Tienes un plazo de dos meses para acudir a la segunda revisión, en el mismo donde ya fuiste la primera vez, salvo causa justificada, si rechazaron tu coche en la primera inspección.

Pasado este plazo, la ITV comunica a la DGT que tu coche o vehículo no pasó la inspección y entonces se dará de baja.

Y si tienes un vehículo de dos ruedas, ten especial cuidado, ya que un 53% de las motos y ciclomotores obligados sometidos a revisión no la superan.

 

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Dirección Electrónica Vial (DEV): Qué es y cómo funciona

Poco a poco la DGT sigue avanzando hacia la digitalización, y el último paso ha sido la activación de la DEV, siglas de la Dirección Electrónica Vial. Es la nueva herramienta de Tráfico para notificar multas y sanciones a los conductores, pero como suele ser habitual siempre que llega una de estas novedades a nuestras vidas ha despertado varias dudas entre los conductores. Por eso vamos a tratar de resolver las dudas más frecuentes sobre la DEV: qué es, cómo funciona, quién está obligado a darse de alta o cómo manejar las notificaciones que nos llegan.

Qué es la Dirección Electrónica Vial

La Dirección Electrónica Vial es el nuevo sistema de envío de notificaciones de tráfico y seguridad vial por internet que ha introducido la DGT. A través de la DEV el conductor recibirá los avisos para pagar multas o pérdidas de puntos del carnet, aunque la DGT quiere ir más allá y ya ha anunciado que en el futuro quiere introducir avisos de interés para el usuario, como la fecha de caducidad de su permiso de conducir, caducidad de la ITV, etc. Pero en esta primera fase se limita a multas y sanciones.

A los conductores que se inscriban en la DEV -es voluntario para las personas físicas- dejarán de llegarles las notificaciones en papel, las temidas cartas de Tráfico, sino que todas las notificaciones les llegarán a través del buzón electrónico. La Dirección Electrónica Vial incluye notificaciones de todos los procedimientos sancionadores de la DGT, de la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco, del Servei Català de Trànsit y de los ayuntamientos adscritos al sistema. En la web de la DGT se pueden consultar todos los organismos incluidos en la Dirección Electrónica Vial.

De esta forma, la única correspondencia que nos llegará por carta será la de los organismos que no estén adscritos a la DEV, generalmente ayuntamientos. La cosa no acaba aquí, ya que además de llegar al buzón electrónico el usuario recibe un aviso por correo electrónico alertándolo de que le ha llegado la notificación. Además podemos solicitar que también nos lo notifiquen por SMS, de forma que ya no tenemos excusa para ignorar las notificaciones de Tráfico.

¿Tengo que utilizar la Dirección Electrónica Vial?

Por ahora, las personas jurídicas están obligadas a darse de alta en la DEV, mientras que las personas físicas pueden utilizar la Dirección Electrónica Vial de forma voluntaria. Dicho de otra forma, las empresas están obligadas a registrarse en este sistema, pero los ciudadanos de a pie no.

Es más, cualquier persona que se haya dado de alta en la DEV puede solicitar la baja si el nuevo sistema de notificaciones digitales de la DGT no acaba de convencerle y prefiere volver al papel; pero una empresa siempre tendrá que utilizar la DEV.

Cómo darse de alta en la Dirección Electrónica Vial

Si te quieres registrar de forma voluntaria para utilizar la nueva Dirección Electrónica Vial de la DGT tienes tres formas de hacerlo. La primera, tener instalado previamente en tu navegador un certificado digital; otra posibilidad es tener instalado o insertado tu DNI-e en el lector de tarjetas inteligentes de tu ordenados y la última opción es crear tus claves en el sistema cl@ve, que también funciona en la nueva DEV.

Una vez elegido el método de acceso, tienes que darte de alta en la página web de la DGT. Para ello es suficiente con indicar la dirección de correo electrónico a la que te llegarán los avisos de las notificaciones electrónicas, y si quieres que además te envíen una alerta SMS también tendrás que dejar un número de teléfono móvil. Una vez completado el registro todas las notificaciones de tráfico te llegarán al buzón virtual, no por carta. Se espera que poco a poco los organismos que todavía no se han adherido a la DEV lo hagan, acabando definitivamente con las notificaciones en papel.

Consultar notificaciones en la DEV

Para consultar las notificaciones basta con acceder a nuestro buzón electrónico. Solo lo puede hacer el titular de la Dirección Electrónica Vial, y cuando reciba una notificación puede leerla, rechazarla o no hacer nada. Aunque no la leas ni la rechaces, al cabo de 10 días de la recepción caduca, y tienes un plazo de 20 días naturales para pagarla, presentar alegaciones, etc. Cuando ha caducado la notificación se puede acceder a ella sin la necesidad de firma electrónica.

Así, las notificaciones nos pueden aparecer en cuatro estados: pendiente, leída, rechazada y caducada. Se considera que está pendiente cuando la hemos recibido en nuestro buzón electrónico pero no hemos hecho nada con ella. Para que aparezca como leída tenemos que acceder a la notificación y leerla mediante la firma electrónica, una firma electrónica que también utilizaremos para rechazar de manera expresa la notificación. Por último, si la notificación ha pasado 10 días en estado pendiente pasa a caducada.

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ITV en furgonetas: Periodicidad y clasificaciones

Uno de los vehículos que más quebraderos de cabeza da a sus dueños a la hora de pasar la ITV son las furgonetas. No porque sea una ITV más complicada o exhaustiva que la ITV de camiones, caravanas o turismos o nos exijan cumplir con más requisitos en la inspección, sino porque cada furgoneta es un mundo, y hay una serie de factores que determinan la periodicidad con la que la pasarán. Por ejemplo, un mismo modelo de furgoneta puede tener dos periodicidades distintas. La clave de la ITV en furgonetas la encontramos en la función que le vamos a dar.

Furgonetas mixtas y furgonetas turismos

Cuando compramos una nueva furgoneta tenemos dos opciones: o la matriculamos como un vehículo privado dedicado al transporte de personas (clasificación 1000) o lo hacemos como vehículo dedicado al transporte de mercancías o cosas. Sin embargo, la ley nos permite matricular los vehículos que pueden cumplir con ambas funciones como vehículos o furgonetas mixtas (clasificación 3100). Según tus necesidades puedes elegir qué categoría le das a esa furgoneta.

Lo más habitual es que las furgonetas nuevas reciban la calificación de vehículo mixto por parte del fabricante, ya que la calificación 3100 supone ciertas ventajas fiscales a la hora de matricular el vehículo. De esta forma, la compra de furgonetas industriales o privadas es más ventajosa para el comprador, que luego podrá cambiar la finalidad del vehículo a particular. Eso sí, debería hacerlo a partir de los 5 años, ya que si lo hace antes se arriesga a que Hacienda le reclame los beneficios fiscales que obtuvo al comprarla como vehículo mixto.

¿Cada cuánto pasan la ITV las furgonetas?

La periodicidad depende de la función que le demos. Según la legislación actual, los vehículos mixtos deben acogerse a la periodicidad más restrictiva de las funciones que puede desempeñar, que corresponde a los vehículos de transporte de mercancías o cosas con una MMA menor o igual a 3.500 kg. Estos vehículos deben pasar la primera ITV a los dos años, y será bianual hasta el sexto años. A partir de ahí será anual hasta los 10 años de la matriculación y semestral a partir de entonces.

En cambio, si las matriculamos como furgonetas de uso particular, como si fuese un turismo, tendrá que pasar la ITV como si fuese un turismo convencional: a los 4 años de la matriculación llega la primera inspección, que es bianual hasta los 10 años y anual a partir de ese momento. Esto es válido para todas las furgonetas incluidas en la categoría 1000, con una capacidad máxima de 9 plazas, incluidas las furgonetas camperizadas.

Cómo cambiar la clasificación de la furgoneta

Por suerte, la mayoría de los fabricantes tienen homologadas sus furgonetas para que se puedan clasificar como vehículos mixtos o turismos, aunque como hemos dicho anteriormente la mayoría salen a la venta como furgonetas mixtas para reducir su precio. Sin embargo, el dueño de cualquier furgoneta puede solicitar el cambio de clasificación para lo que tendrá que pasar por la ITV de reforma. Para ello será imprescindible presentar el Informe de Conformidad donde el fabricante indique que el vehículo puede cambiar su clasificación.

Estos informes no se emiten al instante, tardan algo de tiempo así que conviene solicitarlo con cierta antelación para no tener problemas. Tampoco hay que ser demasiado previsores, ya que la ley puede cambiar y el Informe de Conformidad perder su validez. Lo ideal sería realizar el cambio de clasificación cuando llegue la fecha de la inspección periódica, ya que al juntar la ITV de reforma con la convencional podemos conseguir un precio especial y no tendremos que volver a pasar la ITV hasta que llegue la hora de la próxima inspección periódica.

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Publicada la nueva normativa de la ITV para 2018

La nueva normativa de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) se ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) a través del Real Decreto 920/2017, que ofrece la oportunidad a los usuarios con una ITV desfavorable o negativa de repetir la inspección en otra estación de su elección. Dicha posibilidad estará abierta durante un mes a partir de la fecha de inspección.

El Real Decreto, aprobado por el Consejo de Ministros, entrará en vigor el 20 de mayo de 2018 y busca adaptar algunos aspectos de la normativa de ITV a la legislación de la Unión europea. Así, según informa Europa Press, «se establecen los requisitos que deben satisfacer las estaciones ITV en cuanto a personal, formación, instalaciones, equipos y procedimientos de inspección destinados a garantizar la calidad» para ayudar al medio ambiente y mejorar la seguridad vial en ciudad y carretera.

Mayor control de emisiones y del ordenador de a bordo

La nueva normativa obliga además a las estaciones a contar con herramientas de diagnóstico conectadas a los ordenadores de a bordo de los vehículos, suponiendo «un primer paso hacia la inspección de los sistemas de seguridad electrónicos y la mejora del control de emisiones«, en palabras del comunicado emitido por el Ministerio de Economía, Industria y Competitivad.

Se podrá repetir la ITV en otra estación

Por otro lado, los usuarios podrán cambiar de estación ITV cuando el resultado sea desfavorable o negativo, mientras que hasta ahora era obligatorio presentarse a la nueva inspección en la misma estación.

Tras la segunda inspección y tras pedir cita con la ITV, el informe de inspección deberá incluir el NIF o razón social del taller que haya efectuado la reparación, o por el contrario los cambios figurarán como auto-reparación. El plazo, no obstante seguirá siendo de un mes.

Plazos de revisión

En lo referente al plazo de revisión, no se podrá modificar la fecha prevista para la siguiente inspección si el vehículo pasa la inspección en los 30 días anteriores a la establecida.

La nueva normativa pretende asemejarlas inspecciones a las de otros países de la UE

El Gobierno pone la lupa en las estaciones

Además, las estaciones ITV estarán obligadas a acreditarse como entidad de inspección cumpliendo la norma internacional UNE EN/ISO 17020, y su personal tendrá que tener, como mínimo, la titulación de Técnico Superior de Automoción.

Por último, el nuevo Real Decreto trata de fomentar el intercambio de información con la Administración Pública de cara a una mejor supervisión de las estaciones de inspección.

Gracias a ello, se podrá obtener el del certificado de la inspección técnica periódica emitido por otros estados miembros de la UE, cuando el conductor matricule en España un coche comprado en el extranjero.

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ITV de las caravanas: Qué miran y qué debes saber

Viajar en caravana es toda una experiencia, pero a la hora de hacerlo tenemos que prestar atención a la seguridad, lo que indudablemente pasa por superar la ITV. Sin embargo, no todas las caravanas están obligadas a pasar la ITV: las que tienen una MMA de menos de 750 kg. están exentas, lo que a veces provoca dudas en sus dueños. Lo mismo pasa con la ITV para remolques, los remolques ligeros no pasan la ITV y los pesados están obligados a pasarla. Vamos a descubrir todos los misterios sobre la ITV en caravanas y autocaravanas.

Periodicidad para caravanas y autocaravanas

Como todos los remolques no ligeros, de más de 750 kg., las caravanas pasarán la primera ITV a los 6 años de la primera matriculación, y luego será cada dos añosl. Como hemos dicho, las de menos de 750 kg. no pasarán la ITV, pero aún así deberemos mantenerlas en buen estado para circular de forma segura.

Las autocaravanas pasan la ITV con la misma periodicidad que los turismos: a los 4 años llega la primera inspección, que será bienal hasta los 10 años, cuando se convierte en anual.

Qué miran en la ITV para caravanas

Para que tu caravana supere la ITV tendrá que cumplir con una serie de requisitos técnicos. Más allá de comprobar la documentación, el técnico de la ITV prestará atención especial a cuatro elementos: la instalación del gas, el enganche, las luces y las ruedas. De la instalación del gas se fijarán en el respiradero y el estado de la goma. Recuerda que la goma caduca a los 4 años, así que antes de la primera ITV tendrás que cambiarla aunque no la hayas utilizado mucho. Compruébala antes de cada inspección.

El enganche y las luces no tienen mucho misterio. El inspector se fijará en que estén en buen estado y que funcionan todas las luces y pilotos -algo que puedes comprobar antes de la inspección-. Por último, en el apartado de los neumáticos se fijará en el desgaste y en la fecha de fabricación de la rueda. Aunque no la utilices demasiado, se recomienda cambiar las ruedas de la caravana cada seis años para evitar que nos declaren la ITV no apta por calzar unas ruedas demasiado antiguas.

Ir a pasar la ITV por primera vez con tu caravana puede ser algo estresante, pero no hay nada de qué preocuparse. Como ves, la mayoría de las comprobaciones las podemos hacer en casa para llegar a la estación con la confianza de que todo está bien. Asegúrate de que el freno de inercia funciona, aunque eso debería ser algo habitual cada vez que coges la caravana. Comprueba el estado de las luces y las fechas de caducidad de la goma y los neumáticos, pero la ITV para caravanas no tiene ninguna dificultad.

Precio de la ITV para caravanas

Una vez más, según la comunidad autónoma en la que vivamos pasar la ITV de nuestra caravana o autocaravana nos costará más o menos. El precio ITV de las autocaravanas suele ser similar al del coche, mientras que la inspección de las caravanas oscila entre 30 y 60€, siempre que se trata de la revisión periódica. En algunas comunidades te pueden cobrar un extra si es la segunda ITV después de un resultado desfavorable o negativo, si es una ITV por reforma, etc.

También es importante recordar que no todas las estaciones pasan la ITV para caravanas. Puede haber estaciones que no cuenten con la capacidad para atender a las caravanas, así que asegúrate de ello cuando pidas cita previa. Finalmente, es recomendable pasar la ITV en estaciones donde estén acostumbrados a este tipo de inspecciones, cercanas a aparcamientos de caravanas.

Finalmente, te aconsejamos que no te pierdas sobre cómo camperizar una furgoneta tú mismo, explicado paso a paso.

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Las ITV de cóches kilómetro cero y su primera inspección

A la hora de comprar un coche nuevo no todo son vehículos a estrenar. Podemos comprar coches seminuevos (menos de dos años de antigüedad y 25.000 km.), pero también está los vehículos de ocasión o los coches de kilómetro 0. Un coche de kilómetro 0 ha sido matriculado por el concesionario o el fabricante, aunque está nuevo y a estrenar, aunque algún coche de km. 0 sí que puede haber rodado menos de 100 km. En cualquier caso, la ITV de un coche de kilómetro 0 tiene sus peculiaridades.

Cuando pasan la ITV los coches de kilómetro 0

Una de las cosas que debes tener claras es que la fecha de matriculación determina cuando será la primera inspección del vehículo. Al ser vehículos matriculados con antelación a la compra tendrás que consultar la documentación del vehículo para certificar la fecha en que el concesionario o el propio fabricante del vehículo lo matricularon. Esta diferencia entre fechas es muy importante, ya que en ocasiones podemos estar hablando de meses y si pasas la ITV tarde porque te guías por la fecha de compra te arriesgas a una multa por circular con la ITV caducada.

El hecho de que se trate de un coche matriculado no solo afectará a la primera ITV que pases, sino que también puede determinar la periodicidad con que tengas que superarla. Por ejemplo, si quien lo haya matriculado le ha dado la categoría de alquiler sin conductor tendrás que pasar la primera ITV a los dos años, hasta los 5 será anual y a partir de entonces semestral. Una periodicidad más reducida como esta implica muchas más inspecciones que un turismo de uso particular, con el gasto que implica.

Coches kilómetro cero

Las ofertas de coches kilómetro cero pueden ocultar problemas con la ITV

Para que no te salga caro, en la ficha técnica del vehículo se indica la clasificación del vehículo. Es uno de los primeros datos que aparecen en la también llamada tarjeta ITV, y esa clasificación es la que determinará la periodicidad con la que pasará la ITV.

La fecha de la primera matriculación, la que decidirá tu primera cita con el taller de la ITV, está en el permiso de circulación. Por eso antes de dar el paso y comprar un vehículo de kilómetro 0 conviene consultar la documentación y asegurarnos de cuál fue la fecha de matriculación y su categoría.

Tipos de coche kilómetro 0 e inspección

Vaya por delante que los coches nuevos son los que nos venden sin matricular, así que un coche de kilómetro 0 no entraría técnicamente en la definición de coche nuevo aunque lleve 0 km. Así, no hay que afrontar los gastos de matriculación como pasa con los coches nuevos. Entre ellos se incluye el coche nuevo en stock, los vehículos expuestos en el concesionario sin matricular pero listo para vender, por lo que el conductor no puede elegir sus características o equipamiento.

Tampoco deberías confundir un vehículo de kilómetro 0 con un coche de gerencia o un coche de ocasión. En los tres casos el concesionario nos venderá el vehículo matriculado, por lo que tampoco tendremos que hacer frente a esos gastos de matriculación -de ahí que el precio sea inferior-, pero ya han sido utilizados. Los coches de gerencia cuentan con un kilometraje reducido, ya que ha pasado por manos de trabajadores de la empresa en cortos periodos de tiempo, mientras que los de ocasión han tenido un propietario y más de dos años. Su kilometraje puede variar.

Con los coches de gerencia y demostración o con los vehículos de ocasión nos encontramos en la misma situación que en los vehículos de kilómetro 0: han sido matriculados con antelación a la fecha de compra, así que a la hora de parar la primera inspección técnica tendremos que consultar la fecha de matriculación para asegurarnos de que la pasamos a tiempo y no circular sin la ITV, con los riesgos que conlleva.

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Cómo pagar la ITV en Extremadura con el Modelo 050

A la hora de pasar la ITV, cada comunidad es un mundo. El precio de ITV cambia de un sitio a otro porque las tasas de ITV no son las mismas en toda España, y la cosa vuelve a cambiar según vayas a una estación pública o privatizada.

Hoy vamos a hablar de la ITV en Extremadura, donde la inspección se paga antes de ir a la estación. Para ello es imprescindible contar con el modelo 050 de ITV, pero cuidado: en las estaciones privatizadas no necesitarás este modelo, la ITV se paga allí directamente.

Descargar el modelo 050 de ITV

Además de descargarlo por Internet, podemos conseguir el modelo 050 en todos los bancos y las cajas de ahorro de Extremadura.

Según el gobierno extremeño, en todas las sucursales de las entidades bancarias presentes en la región nos darán el modelo 050, que tiene tres copias: una para la administración, que entregaremos en el Órgano Gestor, una para nosotros mismos y otra para la Entidad Colaboradora que se quedará el banco cuando hagamos el pago de la inspección.

Enlace externo: descargar el modelo 050 de la Junta de Extremadura.

Cómo rellenar el modelo 50

Aunque muchos conductores se preguntan cómo rellenar el modelo 050 de ITV, no tiene ningún misterio. En la parte del interesado encontramos los diferentes campos donde hay que indicar los datos del propietario del vehículo. En la parte de liquidación debes marcar si es un vehículo ligero (peso máximo autorizado de hasta 3.500 kg.) o pesado, y añadir la operación que queremos hacer en la estación, por ejemplo, pasar la ITV periódica. Si en vez del titular del vehículo la inspección la pasará otra persona, al final aparece un campo donde identificarlo.

Cuando rellenamos el modelo 050 por internet nos pregunta directamente qué trámite queremos hacer (además de la ITV nos sirve para pagar la licencia de caza o pesca, o para conseguir el carnet joven europeo), el tipo de vehículo y la operación a realizar en la estación. Las tasas de una ITV periódica para un vehículo ligero son de 30,35€, y en el caso de los pesados suben hasta los 52,15€.

Dónde pagar el modelo 050

Si lo rellenas por internet, una vez completado el formulario tendrás que hacer click en “mostrar modelo 050” para generar las tres copias del documento. Consulta los bancos de Extremadura y cajas de ahorro más cercanos donde puedes hacer el pago, y acude allí con las tres copias del modelo 050. En la entidad financiera sellarán el pago y se quedarán su copia. Pide la cita ITV en Extremadura y preséntate el día de la cita a la hora acordada con el modelo 050, el permiso de circulación, la ficha técnica de tu vehículo y el recibo del seguro.

¿En qué estaciones se necesita el modelo 050?

La lista de estaciones donde se necesita el modelo 050 la conforman todas las estaciones públicas de Extremadura. En esta red de ITV públicas tenemos, en la provincia de Cáceres, las estaciones de ITV Plasencia, Trujillo, Navalmoral de la Mata, Coria, Moraleja y Cáceres, en la propia capital. Si nos vamos a la provincia de Badajoz, entre las estaciones donde necesitamos el 050 están las ITV de Mérida, Villanueva de la Serena, Zafra y Badajoz.

Estaciones privatizadas

Si pasas la ITV en una estación privatizada no tendrás que preocuparte por el modelo 050, porque se paga en la propia estación. Las estaciones donde no se necesita el modelo 050 de la provincia de Cáceres son las de Valencia de Alcántara, Jaraiz de la Vera y Logrosán; mientras que en la provincia de Badajoz no tendrás que llevarlo si pasas la ITV en Almendralejo, Olivenza, Herrera del Duque, Don Benito, Azuaga, Jerez de los Caballeros y Castuera.

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Cómo recurrir una multa de tráfico con éxito: Todas las claves

Llega a casa una carta certificada con una multa de tráfico con la que no estás de acuerdo y no sabes qué hacer, más si el coche que aparece en la foto no es el tuyo, no cometiste la infracción o si el día en el que se cometió la presunta infracción no estabas en el lugar señalado. Si no estás de acuerdo con una multa de tráfico solo tienes que recurrirla, y presentar recursos no es tan difícil como muchos nos quieren hacer creer. La clave está en saber cómo recurrir la multa, dónde hacerlo y presentar las alegaciones correspondientes.

Cuándo puedo recurrir las multas de tráfico

Hay una serie de circunstancias en las que podemos recurrir la multa, empezando cuando la información que aparece en la sanción es errónea. Si observas que hay un dato que no es veraz, la puedes recurrir y no tendrás que pagarla. Por eso debes comprobar que la matrícula, marca, modelo o color del coche coinciden con los de la multa; y todavía más importante, asegurarte que estuviste en el momento y lugar precisos de la infracción. Por ejemplo, si al radar le falla el reloj y las multas de radar son a las 15:00 en un punto por el que pasaste a las 17:00, se anulará la multa.

Otra posibilidad es que la administración no comunica la multa, y esta caduca a los tres o seis meses según si es una sanción leve o grave. Para evitar la picaresca, no abrirle al cartero o no ir a Correos a por la multa si realmente no estábamos en casa no cuenta como sanción no notificada. Además, se publica en el BOE y tenemos herramientas como el DEV en el que podemos consultar si nos han multado o no. Solo te librarás si te la notifican tarde o si te la cobran fuera de plazo: si en un año el organismo sancionador no la ha cobrado, la multa prescribe.

También puede ser que a la multa le falten partes, lo que la anulará. Por ejemplo, si no aparece la identidad del denunciante, ya sea un agente de Policía o Guardia Civil, un organismo, etc. Aquí se puede añadir que cuando la multa no tiene faldón de recursos, en el que nos informen sobre cómo podemos recurrirla y los plazos que tenemos para ello, la multa no es válida. En este caso no hace falta recurrir, basta con esperar a que la Administración no nos envíe una nueva multa que incluya el faldón de recursos. Si no lo hace, prescribirá.

Para las sanciones impuestas por mal estacionamiento podemos solicitar una prueba fotográfica, aunque la palabra del agente es suficiente. En el caso de Madrid, no existe presunción de veracidad para los controladores de la zona de aparcamiento ORA (y ocurre algo similar en otras ciudades), por lo que podremos reclamar una prueba de lo que dicen o aportar un tícket que demuestre haber pagado el aparcamiento.

Por último hay que hablar de casos en que la multa sea injusta y tengamos un argumento que pruebe nuestra inocencia o un argumento irrefutable, como las multas de aparcamiento en zonas donde no haya señal de prohibido estacionar o la señal esté oculta por árboles, pegatinas o cualquier otro objeto. Una vez recurrida puedes solicitar pruebas fehacientes, y si el denunciante no las aporta o la Policía no ratifica la denuncia, nos libraremos de ella pero antes tendremos que haber presentado el recurso.

El plazo de alegaciones para una multa de aparcamiento es de 20 días naturales desde la recepción de la notificación

Cómo presentar el recurso

Ya hemos dicho que si la multa no incluye el faldón de recursos será nula porque nos niegan la información relacionada con los recursos. La propia multa nos indica el camino a seguir a la hora de presentar el recurso, y tenemos un plazo de 15 días laborables a partir de la recepción de la multa para recurrir. En el faldón de recursos también nos indican donde recurrir la multa, aunque si no la puedes llevar al lugar indicado siempre puedes enviarla a través de Correos, para lo que tendrás que ir a la oficina de Correos más cercana.

Pero el faldón de recursos solo nos indica cómo recurrir las multas de Tráfico por vía administrativa y no dice nada de la vía judicial. Podemos impugnar la multa ante la justicia, donde se obtienen buenos resultados ante la indefensión del conductor. Eso sí, en este caso se recomienda dejar en manos de un abogado la tramitación del expediente. Nuestro seguro puede ofrecernos ayuda legal en todo lo relacionado con las multas de Tráfico, y un buen profesional siempre será capaz de encontrar resquicios formales donde alegar para evitar la multa. Tienes dos meses a partir de la notificación de la sanción para reclamar en los tribunales.

Qué hacer si rechazan el recurso

Si tus alegaciones por la vía administrativa son rechazadas solo puedes recurrir a la vía judicial o pagar la multa antes de que sea demasiado tarde. Puedes pagar la multa en la web de la DGT o pidiendo cita previa en Tráfico, en el teléfono 060, en el Banco Santander y en Correos.

Debes saber que el hecho de alegar o recurrir la sanción nos impide aprovechar el descuento por prontopago, la razón por la que muchos conductores prefieren abonar la sanción a precio reducido que presentar un recurso aunque la razón esté de su parte.

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