Llega a casa una carta certificada con una multa de tráfico con la que no estás de acuerdo y no sabes qué hacer, más si el coche que aparece en la foto no es el tuyo, no cometiste la infracción o si el día en el que se cometió la presunta infracción no estabas en el lugar señalado. Si no estás de acuerdo con una multa de tráfico solo tienes que recurrirla, y presentar recursos no es tan difícil como muchos nos quieren hacer creer. La clave está en saber cómo recurrir la multa, dónde hacerlo y presentar las alegaciones correspondientes.
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Cuándo puedo recurrir las multas de tráfico
Hay una serie de circunstancias en las que podemos recurrir la multa, empezando cuando la información que aparece en la sanción es errónea. Si observas que hay un dato que no es veraz, la puedes recurrir y no tendrás que pagarla. Por eso debes comprobar que la matrícula, marca, modelo o color del coche coinciden con los de la multa; y todavía más importante, asegurarte que estuviste en el momento y lugar precisos de la infracción. Por ejemplo, si al radar le falla el reloj y las multas de radar son a las 15:00 en un punto por el que pasaste a las 17:00, se anulará la multa.
Otra posibilidad es que la administración no comunica la multa, y esta caduca a los tres o seis meses según si es una sanción leve o grave. Para evitar la picaresca, no abrirle al cartero o no ir a Correos a por la multa si realmente no estábamos en casa no cuenta como sanción no notificada. Además, se publica en el BOE y tenemos herramientas como el DEV en el que podemos consultar si nos han multado o no. Solo te librarás si te la notifican tarde o si te la cobran fuera de plazo: si en un año el organismo sancionador no la ha cobrado, la multa prescribe.
También puede ser que a la multa le falten partes, lo que la anulará. Por ejemplo, si no aparece la identidad del denunciante, ya sea un agente de Policía o Guardia Civil, un organismo, etc. Aquí se puede añadir que cuando la multa no tiene faldón de recursos, en el que nos informen sobre cómo podemos recurrirla y los plazos que tenemos para ello, la multa no es válida. En este caso no hace falta recurrir, basta con esperar a que la Administración no nos envíe una nueva multa que incluya el faldón de recursos. Si no lo hace, prescribirá.
Para las sanciones impuestas por mal estacionamiento podemos solicitar una prueba fotográfica, aunque la palabra del agente es suficiente. En el caso de Madrid, no existe presunción de veracidad para los controladores de la zona de aparcamiento ORA (y ocurre algo similar en otras ciudades), por lo que podremos reclamar una prueba de lo que dicen o aportar un tícket que demuestre haber pagado el aparcamiento.
Por último hay que hablar de casos en que la multa sea injusta y tengamos un argumento que pruebe nuestra inocencia o un argumento irrefutable, como las multas de aparcamiento en zonas donde no haya señal de prohibido estacionar o la señal esté oculta por árboles, pegatinas o cualquier otro objeto. Una vez recurrida puedes solicitar pruebas fehacientes, y si el denunciante no las aporta o la Policía no ratifica la denuncia, nos libraremos de ella pero antes tendremos que haber presentado el recurso.
Cómo presentar el recurso
Ya hemos dicho que si la multa no incluye el faldón de recursos será nula porque nos niegan la información relacionada con los recursos. La propia multa nos indica el camino a seguir a la hora de presentar el recurso, y tenemos un plazo de 15 días laborables a partir de la recepción de la multa para recurrir. En el faldón de recursos también nos indican donde recurrir la multa, aunque si no la puedes llevar al lugar indicado siempre puedes enviarla a través de Correos, para lo que tendrás que ir a la oficina de Correos más cercana.
Pero el faldón de recursos solo nos indica cómo recurrir las multas de Tráfico por vía administrativa y no dice nada de la vía judicial. Podemos impugnar la multa ante la justicia, donde se obtienen buenos resultados ante la indefensión del conductor. Eso sí, en este caso se recomienda dejar en manos de un abogado la tramitación del expediente. Nuestro seguro puede ofrecernos ayuda legal en todo lo relacionado con las multas de Tráfico, y un buen profesional siempre será capaz de encontrar resquicios formales donde alegar para evitar la multa. Tienes dos meses a partir de la notificación de la sanción para reclamar en los tribunales.
Qué hacer si rechazan el recurso
Si tus alegaciones por la vía administrativa son rechazadas solo puedes recurrir a la vía judicial o pagar la multa antes de que sea demasiado tarde. Puedes pagar la multa en la web de la DGT o pidiendo cita previa en Tráfico, en el teléfono 060, en el Banco Santander y en Correos.
Debes saber que el hecho de alegar o recurrir la sanción nos impide aprovechar el descuento por prontopago, la razón por la que muchos conductores prefieren abonar la sanción a precio reducido que presentar un recurso aunque la razón esté de su parte.