ITV en furgonetas: Periodicidad y clasificaciones

Uno de los vehículos que más quebraderos de cabeza da a sus dueños a la hora de pasar la ITV son las furgonetas. No porque sea una ITV más complicada o exhaustiva que la ITV de camiones, caravanas o turismos o nos exijan cumplir con más requisitos en la inspección, sino porque cada furgoneta es un mundo, y hay una serie de factores que determinan la periodicidad con la que la pasarán. Por ejemplo, un mismo modelo de furgoneta puede tener dos periodicidades distintas. La clave de la ITV en furgonetas la encontramos en la función que le vamos a dar.

Furgonetas mixtas y furgonetas turismos

Cuando compramos una nueva furgoneta tenemos dos opciones: o la matriculamos como un vehículo privado dedicado al transporte de personas (clasificación 1000) o lo hacemos como vehículo dedicado al transporte de mercancías o cosas. Sin embargo, la ley nos permite matricular los vehículos que pueden cumplir con ambas funciones como vehículos o furgonetas mixtas (clasificación 3100). Según tus necesidades puedes elegir qué categoría le das a esa furgoneta.

Lo más habitual es que las furgonetas nuevas reciban la calificación de vehículo mixto por parte del fabricante, ya que la calificación 3100 supone ciertas ventajas fiscales a la hora de matricular el vehículo. De esta forma, la compra de furgonetas industriales o privadas es más ventajosa para el comprador, que luego podrá cambiar la finalidad del vehículo a particular. Eso sí, debería hacerlo a partir de los 5 años, ya que si lo hace antes se arriesga a que Hacienda le reclame los beneficios fiscales que obtuvo al comprarla como vehículo mixto.

¿Cada cuánto pasan la ITV las furgonetas?

La periodicidad depende de la función que le demos. Según la legislación actual, los vehículos mixtos deben acogerse a la periodicidad más restrictiva de las funciones que puede desempeñar, que corresponde a los vehículos de transporte de mercancías o cosas con una MMA menor o igual a 3.500 kg. Estos vehículos deben pasar la primera ITV a los dos años, y será bianual hasta el sexto años. A partir de ahí será anual hasta los 10 años de la matriculación y semestral a partir de entonces.

En cambio, si las matriculamos como furgonetas de uso particular, como si fuese un turismo, tendrá que pasar la ITV como si fuese un turismo convencional: a los 4 años de la matriculación llega la primera inspección, que es bianual hasta los 10 años y anual a partir de ese momento. Esto es válido para todas las furgonetas incluidas en la categoría 1000, con una capacidad máxima de 9 plazas, incluidas las furgonetas camperizadas.

Cómo cambiar la clasificación de la furgoneta

Por suerte, la mayoría de los fabricantes tienen homologadas sus furgonetas para que se puedan clasificar como vehículos mixtos o turismos, aunque como hemos dicho anteriormente la mayoría salen a la venta como furgonetas mixtas para reducir su precio. Sin embargo, el dueño de cualquier furgoneta puede solicitar el cambio de clasificación para lo que tendrá que pasar por la ITV de reforma. Para ello será imprescindible presentar el Informe de Conformidad donde el fabricante indique que el vehículo puede cambiar su clasificación.

Estos informes no se emiten al instante, tardan algo de tiempo así que conviene solicitarlo con cierta antelación para no tener problemas. Tampoco hay que ser demasiado previsores, ya que la ley puede cambiar y el Informe de Conformidad perder su validez. Lo ideal sería realizar el cambio de clasificación cuando llegue la fecha de la inspección periódica, ya que al juntar la ITV de reforma con la convencional podemos conseguir un precio especial y no tendremos que volver a pasar la ITV hasta que llegue la hora de la próxima inspección periódica.

Esta entrada fue publicada en Consejos, Servicios ITV. Guarda el enlace permanente.

13 respuestas a “ITV en furgonetas: Periodicidad y clasificaciones”

  1. Jose dice:

    Hola a mi me acaba de pasar lo mismo en Bejar tengo una Iveco clasificación 24-48 furgón vivienda desde el año 2009 en adelante hasta hoy la pasaba la ITV al año pero ayer me dieron solo para seis meses,,,le pregunte al funcionario y me dijo que había cambiado la normativa pero no me dijo donde o en que orden de trafico,boletín oficial,o normativa vigente esta, así por que si, y digo Yo si no sale en un boletín oficial ,,,,, es legal lo que han hecho,gracias.

  2. Luis dice:

    Mi autocaravana tiene clasificación 3248 y 3.500k. Pero en reformas aparece clasificación 3148 por lo que tiene que pasar la itv cada 6 meses despues que la proxima yo la compre de segundamano. Puedo cambiarla a la clasificación 3248? Que debo hacer? Gracias.

  3. Isabel María Paneque Domínguez dice:

    Me encuentro en la misma situación ya no se donde mirar ,si consiguiera averiguar algo,importaría informarme……..gracias

  4. Fernando dice:

    Buenas a TODOS,he comprado una furgoneta MIXTA CARAVELLE de 9 plazas.En AGOSTO tengo que pasar la ITV,le he quitado los 3 ASIENTOS DE ENMEDIO y he dejado solo 6 PLAZAS.La pregunta es la siguiente:TENGO QUE MONTAR LAS 9 PLAZAS PARA PASAR LA ITV o tal como la tengo la puedo llevar?GRACIAS a TODOS.

  5. jose s. gonzalez lagostena dice:

    Hola tengo una furgoneta legalmente habilitada como vehiculo vivienda .el año pasado pase la itv en cataluña y me la dieron para un año, pero ahora la paso en Andalucia y me la dan para seis meses , alguien me podria informar a que es debido esto,pues la revision la ha pasado satifatoriamente pregunte a la chica y no me informo bien ,solo se limito a decirme que las furgonetas eran seis meses desconozco si ha salido alguna ley nueva que haya cambiado o que en andalucia sea diferente. gracias de antemano a los que me podais informar

    • Andrés dice:

      https://www.furgovw.org/index.php?topic=347691.0
      En mayo de 2018 cambio la ley de ITV y aunque mejoro un par de cosas como poder pasar la 2 revisión en otra ITV y en vez de 15 días un mes, por qué cada comunidad autónoma cobra diferente, empeoró en el caso de autocaravanas de un año a 6 mese su revisión desde que tenga 10 años a menos que la cambies a turismo vivienda como explican aqui

  6. Jesús dice:

    Hola, recientemente he comprado una furgoneta (3100) era de renting, tiene 4 años y ha pasado su primera itv a los 4años, ahora tengo dos años de itv hasta 2020, lo que me desconcierta es que sea vehículo mixto y su primera revision a los 4 años

  7. José Manuel Felices dice:

    Muy buenas. Acabo de pasar la ITV y me han dado de plazo tan solo 6 meses. Mi furgo paso de ser 31.00 a 24.48 furgón vivienda. He buscado en la nueva norma y no localizo donde están los plazos para pasar la ITV. A ver si alguien me lo puede aclarar. Gracias

    • David Illescas muñoz dice:

      A mí me ha pasado lo mismo
      N1: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima no sea superior a 3,5 toneladas.

      Hasta 2 años: Exento.

      De 2 a 6 años: Bienal.

      De 6 a 10 años: Anual.

      De más de 10 años: Semestral.
      Otro robo más!!!!!!!

    • Isabel María Paneque Domínguez dice:

      Me encuentro en la misma situación ya no se donde mirar ,si consiguiera averiguar algo,importaría informarme……..gracias

  8. Julio Alejandro Pérez Gonzalez dice:

    Hola recientemente me he comprado una California coast 2.0 tdi y me la han clasificado como 3248….esta clasificación es la correcta?…..si dan así vas cuanto tengo que pasar la inspección?