Tráfico lucha contra las carreteras convencionales

La mayor parte de mortalidad en accidentes de tráfico proyecta un siniestro contexto: las carreteras convencionales.

Si atendemos a la definición legal de carretera convencional:

Son carreteras convencionales las que no reúnen las características propias de las autopistas, autovías y vías rápidas.

Es decir nos encontramos ante un tipo de vías en donde la seguridad es menos sensible a la hora de circular por ellas y la comodidad es menor, son llamadas también carreteras secundarias ya que su utilización es menor que por el otro tipo de vías anteriormente citadas en la definición.


Acumulan el mayor índice de catástrofes al volante, aglutinando un 78% total de las muertes, siendo un porcentaje excesivo si atendemos a la densidad de tráfico que soportan.

Por ello la DGT ha puesto en marcha un dispositivo de vigilancia y control sobre estas vías, intentando corregir posibles infracciones que se observen actuando de manera sancionadora y a la vez  impartiendo concienciación sobre la peligrosidad que conllevan estas carreteras.

Dos puntos que se subrayaran de manera mayúscula serán lo relativo a los adelantamientos indebidos que suponen un alto porcentaje de siniestralidad, debido a las condiciones que se dan en estas vías posibilitando colisiones frontales de resultado trágico; el otro punto negro a tener en cuenta en las carreteras secundarias es el elevado número de atropellos a peatones; dato que con la suficiente prudencia debería disminuir progresivamente.

Durante una semana, hasta el 23 de Octubre esta campaña luchará a favor de la concienciación y la sensatez del uso de las carreteras convencionales atendiendo a su particular morfología. Tráfico se apoyará de cuñas publicitarias en los medios  de comunicación para  proyectar una firme sensibilización al público.

La Dirección General de Tráfico esta realizando un activo trabajo a favor de la disminución de las muertes en carretera, pero la última palabra la tenemos los conductores abogando a nuestra responsabilidad sin ella el trabajo de las autoridades pertinentes no será eficiente ni generará resultados positivos que den muestra que el objetivo final, deseado por todos, sea realidad.

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ITV: mismo deber desigual precio

Un estudio realizado por la Organización Facua Consumidores en Acción revela una notable desigualdad en el precio de la ITV.

Dentro del marco de las numerosas responsabilidades que adquirimos al convertirnos en conductores es acudir a nuestra cita con la inspección de la ITV. Dicha revisión no sólo es un buen baremo para controlar la fiabilidad y mantenimiento de nuestro vehículo sino que también conlleva un coste para el propio usuario.

El resultado final  del estudio efectuado por la Organización Facua Consumidores en Acción nos arroja un dato que no dejar de ser curioso; la diferencia de precio que existe entre las diferentes comunidades autónomas del Estado español.

Un primera reseña que subraya con precisión el cariz del análisis realizado sobre las tarifas de la ITV reside en la enorme fluctuación de precio, que ronda hasta un 143% de diferencia entres unos territorios entre si con vehículos de motor diesel; y de un esclarecedor 247%  entre ciclomotores y motocicletas.

Esta desbordante discrepancia en cuanto a las tarifas se puede desgranar con datos aún más precisos; dentro de un balance comparativo se descubre que los precios de la ITV más asequibles se encuentra en la comunidad autónoma de Extremadura con un importe de 25,42 euros y el territorio donde “disfrutan” de una tarifa más elevada es en Valencia con un total de 61,66 euros.

Pero no sólo se señalan los máximos y mínimos de los precios sino que el estudio hace hincapié en la subida porcentual de las tarifas en distintas comunidades; así pues el Principado de Asturias que competía con Extremadura por los precios más baratos ha sufrido un incremento del 8,8% y Navarra lo ha hecho en un 6,6%.

Las conclusiones que ha lanzado Facua no son sólo de carácter negativo ya que afirman que la ITV constituye una herramienta potente para la prevención de los accidentes, valorando positivamente a numerosas comunidades autónomas  la labor de anotar los kilómetros que llevan los vehículos, medida que refuerza  la mejora de la seguridad vial.

Una última apreciación por parte de la Organización Facua Consumidores en Acción se dirige a la idea de  rebajar o extinguir el  precio de las segundas revisiones de dicha inspección siempre que se cumplan los plazos.

La ITV es necesaria por razones derivadas de la responsabilidad y la seguridad pero también es necesario regular sus tarifas y eliminar las diferencias que no ayudan a establecer relaciones positivas frente al deber de efectuarla.

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La DGT prefiere las tarjetas de crédito

A partir del lunes 10 de Octubre, Asturias y León, serán las afortunadas poblaciones en probar esta “temporal” medida.

Hasta ahora el procedimiento conocido por todos los usuarios a la hora de abonar una multa o pagar cualquier tipo de tasa, como por ejemplo la renovación del carnet de identidad, la podíamos realizar utilizando nuestro efectivo que llevásemos en nuestras carteras.

Ante esta situación tan común, parece ser que a las Jefaturas de Tráfico se les plantea un problema importante para el buen funcionamiento del servicio que ofrecen a la sociedad. Dicha contrariedad se sintetiza en el atasco diario que se forman en sus oficinas a la hora de abordar todo tipo de gestiones que necesiten un pago.

Esta no es la primera medida que se ha ofrecido para evitar las colas en estos departamentos, Internet se ha mostrado y se muestra como la herramienta más eficaz para realizar diferentes acciones, ya sea dar de alta un vehículo y el ya nombrado pago de multas, también se ha fomentado el uso del correo electrónico para recibir notificaciones relacionadas con el ámbito administrativo de Tráfico.

Con todo esto las formas de pago se resumirían de la siguiente manera:

Tasas. Tarjeta de crédito o débito en la Jefatura de Tráfico correspondiente, y efectivo o tarjeta en las entidades bancarias.

Multas. Con tarjeta en las oficinas de tráfico y tanto en efectivo como tarjeta en las oficinas del Banco Santander. Es posible realizar esta tarea por Internet y llamando por teléfono (número 060).

Inicialmente la DGT ha proyectado una “prueba” piloto que se llevara a cabo en la Jefatura provincial de Asturias, así como en la Jefatura local de Oviedo y León.

Una vez examinado el resultado global de este “ensayo”, y si el balance es positivo, se llevará cabo en todo el territorio español, pero este punto todavía es una incógnita.

Si la finalidad de todas estas nuevas gestiones, es agilizar y optimizar el trabajo a los miembros de las oficinas de Tráfico, y con ello ofrecer al público un mejor servicio, será bienvenido por todos.

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El factor lambda y la ITV

Los gases constituyen uno de los factores más determinantes para no conseguir el “apto” de la ITV.

Entre los numerosos valores que se diagnostican en la revisión de la ITV, los relacionados con los gases o malos humos, despiertan una sorpresa mayúscula, para el propietario del vehículo, cuando se le notifica problemas técnicos en este tema.

Quizás por desconocimiento o simplemente dejadez, nos mantenemos ajenos al significado de ciertos datos , que forman parte de la revisión natural de la ITV, uno de ellos es el denominado “Factor Lambda”, el cuál debe de fluctuar entre unos valores adecuados, para conseguir una correcta evaluación.

¿Qué nos muestra el “Factor Lambda”? Con palabras sencillas se puede decir, que mide la proporción aire / combustible (mezcla) que entra en los cilindros, comparada con la proporción estequiométrica o mezcla ideal (14,7 de aire por 1 de combustible) representándose con el signo λ.

Sabiendo esto, entra en escena un componente básico, para no tener incidencias de gases, es el catalizador, cuya labor es, mediante una serie de reacciones químicas, transformar los gases nocivos resultantes de la quema del combustible, en otros mas favorecedores.

Pero el catalizador por si sólo no puede realizar esta tarea, necesita de una pieza, para se más exactos de un sensor, llamado “Sonda Lambda”, que tiene la función de medir la concentración del oxigeno en los gases antes de pasar por las transformaciones químicas que elabora el catalizador. La sensibilidad de esta sonda, permite acercar lo más posible la mezcla a la proporción estequiométrica, empobreciendo la muestra si hay exceso de combustible o enriqueciéndola si hay mayor cantidad de aire.

Así pues, una vez que tenemos una sencilla idea, de cómo se miden los gases en nuestro vehículo, nos queda determinar, cuales son las cifras o valores que debemos de reflejar a la hora de pasar el reconocimiento oportuno de humos:

-Si λ es igual a 1, se define como el valor ideal.
-Si λ es mayor que 1, la cantidad de aire es superior al de gasolina.
-Si λ es menor que 1, en este caso es la gasolina, el componente de mayor proporción.

Saber interpretar valores de este tipo, es por seguro que no nos hará pasar la ITV, pero si eliminaremos ciertas dudas que acompañan estas inspecciones.

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Renting de vehículos

Foto: www.alcotrans.es

Un renting es un alquiler a largo plazo de un bien mueble –en este caso, un coche– a cambio de una cuota mensual, deducible fiscalmente, que cubre  el disfrute del automóvil y todos los servicios que pueda necesitar. Aunque es un producto orientado sobretodo a empresas o autonómos, también puede ser contratado por usuarios particulares.

Básicamente lo que hace un cliente es encargar a una empresa de gestión de renting que le compre un vehículo de unas determinadas características para que se lo alquile por un período de tiempo que no suele ser superior a los cinco años. El tiempo de duración del contrato es importante ya que el renting se inventó con la idea de ofrecerlo para el alquiler de bienes que se deprecian rápidamente.

La gestora de renting también se hará cargo de todos los impuestos, así como del seguro, el mantenimiento y el cambio de neumáticos. Como contraprestación, el cliente se compromete a pagar una cuota mensual que cubrirá el alquiler y todos los servicios adicionales que contrate. La cuota se calculará en función del plazo contratado, de los kilómetros que se tiene pensado hacer con el coche y del futuro valor que puede tener en el mercado de ocasión si el arrendatario lo devuelve.

Lo más positivo del renting es que permite hacer frente a adquisiciones que supondrían un gran desembolso económico. De ese modo, esos fondos pueden ser invertidos en algo más rentable para la empresa.

Además, las gestoras de renting, por su alto volumen de operaciones, tienen pactados con las marcas unos descuentos mucho más altos de los que darían a un cliente normal. Junto a eso, la adquisición de un automóvil a través de renting también va a permitir que todos los gastos vayan unificados en una sola cuota, con lo que se eliminan los extras de revisiones, mantenimiento, cambio de neumáticos,…

A nivel contable tiene varias ventajas. Además de no endeudar en exceso a la empresa, el renting no va a figurar en el balance de la empresa ya que el vehículo no forma parte del Activo, al no estar matriculado a nombre de la misma. Tampoco es un Pasivo ya que la empresa no se ha endeudado con nadie para adquirirlo. Como arrendamiento que es, debe figurar en la Cuenta de Resultados como otro gasto cualquiera, igual que el alquiler de una nave o de unas oficinas.

Si lo analizamos desde un punto de vista fiscal, veremos que la cuota es deducible al 100%. Los autónomos pueden minorarla en el IRPF y las empresas en el Impuesto de Sociedades. En ambos casos el IVA también sería deducible en su totalidad, algo que no suele suceder cuando se adquiere un coche al contado. Lo habitual en estas situaciones es que Hacienda no permita meter todo el IVA de la operación.

Una vez que vence el período para el que se contrató, lo lógico sería que el arrendatario renovase el renting, devolviendo el vehículo actual e iniciando una nueva operación con un modelo distinto. A pesar de eso, muchas gestoras de renting ofrecen al cliente la posibilidad de adquirir el automóvil a un determinado precio. Como última posibilidad -aunque para mí es la peor opción-, también puede prorrogarse el contrato por más tiempo.

Ricardo Botín

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LOS DIFERENCIALES AUTOBLOCANTES

Para todos los que no somos mecánicos ni tenemos la menor idea de tecnología, existen multitud de lugares, libros y páginas web en los que se explica de un modo ameno y sencillo los fundamentos básicos de tecnología del automóvil. En general, no suele haber grandes dificultades para entender los conceptos. Pero sí que hay un tema especialmente espeso y de difícil comprensión. De hecho, muchos mecánicos con los que he hablado y a los que les he consultado mis dudas, me han terminado por confesar que era la parte que más árida se les hacía. El propósito de este artículo es añadir algo de luz al difícil mundo de los diferenciales.

Partimos de la base de que en una curva las ruedas de un eje no recorren la misma distancia, siendo siempre mayor la que describe la rueda exterior. Esto implica que las ruedas deben rodar a distintas velocidades para que las vueltas de más de la exterior las de la interior de menos. El diferencial es la pieza que se encarga de esa función de compensación de la diferencia de metros que recorren las exteriores y las interiores. El mecanismo que logra compensar este efecto está compuesto por una serie de engranajes satélites y planetarios que hacen que las ruedas de un mismo eje giren a distintas velocidades.

No obstante, los diferenciales tienen un defecto incómodo y desgradable. Cuando pierde adherencia una rueda motriz automáticamente absorve toda la energía del motor, debido a que envía mayor potencia a la que menos fuerza opone. Pensemos en un coche de tracción delantera en el que una rueda está patinando o al aire y la otra tiene buen agarre. Pues en este caso el vehículo se quedará clavado y no avanzará debido a que todo la tracción del motor se envía a la rueda que patina, mientras que la que tiene adherencia carece de fuerza.

Para evitarlo se han diseñado los diferenciales autoblocantes electrónicos y los diferenciales autoblocantes mecánicos. Como la intención de este artículo es divulgativa, voy a tratar de explicar los dos sistemas de un modo somero y lo más libre de tecnicismos que sea posible.

Los diferenciales autoblocantes electrónicos son muy sencillos y basan su funcionamiento en detectar mediante los sensores del ABS cuál es la rueda que patina frenándola con la intención de «simular» más adherencia. De este modo, la otra rueda que sí que tiene tracción, recibirá fuerza del motor y el automóvil podrá avanzar.

Foto: www.clubautoslocos.com

En cambio, los diferenciales autoblocantes mecánicos son algo más complejos. En principio funcionan como un diferencial convencional hasta que se detecta diferencia de giro entre una y otra rueda. En ese momento, se aplica mediante un muelle una presión que ejerce un mayor rozamiento interno en el semieje que patina para compensar la diferencia. Una vez que las condiciones de giro son idénticas, se deja de aplicar presión y el diferencial vuelve a funcionar libremente.

Cada vez se está extendiendo más el sistema electrónico que aporta menor peso al coche y permite mejores niveles de tracción en nieve o hielo, así como al salir de una curva, evitando el subviraje mientras se acelera. La tendencia de los vehículos modernos es relegar el diferencial autoblocante mecánico, siendo sustituido por el electrónico.

Ricardo Botín

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Fin a los paros en las estaciones Itevelsa

Después de seis meses de conflicto, los trabajadores de Itevelsa en Castilla Y León (a través del sindicato mayoritario CC.OO.) y la propia empresa han llegado a un acuerdo que supone la desconvocatoria de los paros previstos para las estaciones Itv de la compañía, que habían sido programados desde el 23 de julio hasta el 5 de septiembre. Las asambleas de trabajadores que tuvieron lugar en Palencia y Salamanca el 26 de julio y en León y Ponferrada el día 29 del mismo mes, ratificaron en su mayoría el preacuerdo alcanzado por Comisiones Obreras e Itevelsa.

El principio de acuerdo se alcanzó el pasado 20 de julio después de varias semanas de negociaciones. La empresa se ve de esta manera obligada a dar marcha atrás en su intento de recortar los derechos fundamentales de los trabajadores y finalmente mantendrá la movilidad geográfica, aspecto que también se quería modificar. La clausula de revisión salarial y el concepto de antigüedad también continuarán vigentes, por lo que Itevelsa no llevará a cabo las modificaciones que más ampollas habían levantado entre sus trabajadores.

Por otro lado, el sindicato ha señalado que tiene como objetivo solicitar la implantación de un plan de igualdad, mejoras en permisos y excedencias, y también un compromiso sobre política de mantenimiento de empleo y una mayor intervención de la representación de los trabajadores.

Los paros habían generado numerosos problemas (de los que ya informamos en esta web) a los conductores castellanoleoneses, que se encontraron en varias ocasiones con las puertas de las estaciones cerradas. Ahora que ambas partes han ratificado el preacuerdo se pone fin a ello a falta de la redacción definitiva del texto, que debe estar listo antes del 5 de agosto.

Roberto García

 

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Los trabajadores de Itv en Andalucía recibirán el 5% de salario que les fue retirado

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha obligado a la empresa Veiasa, la cual emplea a 1300 trabajadores de Itv en dicha Comunidad Autónoma y que depende de la Junta de Andalucía, a devolver a estos el 5 por ciento del salario que les había retirado en octubre del pasado año alegando la situación de crisis.

La noticia ha sido confirmada por el sindicato UGT en la región, que en su comunicado ha incidido en que la medida supuso la supresión de las subidas salariales por promoción interna y las ayudas previstas en el convenio colectivo (el total suponía el ahorro total del 5 por ciento ya señalado a la empresa).

Siempre según el sindicato, la empresa pública Veiasa se basaba en la Ley de Presupuestos para Andalucía de 2010 (la misma que permitió reducir el sueldo de los funcionarios) para realizar dicho recorte. Sin embargo, el TSJA ha dictaminado que Veiasa es una empresa de titularidad pública pero de carácter mercantil y que por dicha razón no se le puede aplicar la medida.

Los trabajadores habían denunciado esta situación el pasado 25 de enero, dado que la Junta decidió reducir en un 5% la asignación presupuestaria a las empresas públicas para que estas redujeran su masa salarial. La razón que alegaron los empleados fue que al ser una empresa de titularidad pública está sujeta a convenio colectivo y rebajarles el salario como a los funcionarios habría sido ilegal.

Con todo ello, el TSJA ha argumentado en su decisión que el recorte previsto en los Presupuestos Generales no era de aplicación al personal no directivo de sociedades mercantiles y la reducción salarial debía reflejarse en la nómina, mientras que lo llevado a cabo por Veiasa no se refería a conceptos retributivos sino que afecta a mejoras de naturaleza social.

En opinión del Tribunal, la decisión carecía de apoyo legal y convencional, y por ello la ha declarado nula y sin efecto. Gracias a esta sentencia los trabajadores de la Itv en Andalucía recuperarán la parte del salario que les fue retirada.

Roberto García

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